LA COMISIÓN DIRECTIVA DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE MISIONES
RESUELVE:
ART.1: Establecer los Criterios del Certificado-Constancia a expedirse por el mismo.
Concepto
El “Certificado-Constancia” es un documento que informa de la ocurrencia de hechos o situaciones relacionadas con la persona atendida por el psicólogo, debiendo basarse en registros objetivables.
Su Finalidad
- Certificar comparecencias del atendido
- Certificar el curso del tratamiento o asistencia
- Brindar Información: tiempo de tratamiento, horarios, diagnóstico
Estructura
Por ser un documento de valor probatorio y legal, debe contener las mismas formalidades del “Informe Psicológico”.Estos es ser realizado en papel membretado, en el que conste el apellido y nombre y número de matrícula profesional, como también el domicilio y localidad del mismo. Por no contener necesariamente descripción de causas psicológicas, no es necesario la constancia de síntomas y/o motivos previos de consultas.
El “Certificado-Constancia” también contendrá el apellido y nombre del consultante, su número de documento y/o de afiliación al sistema de seguridad social, y la conformación del grupo familiar.
El contenido debe estar transcripto en forma manuscrita por el psicólogo, en forma corrida y sin espacios en blanco. De ser necesario la utilización de párrafos, el psicólogo deberá completar los espacios con líneas de puntos.
ART.2: Regístrese, comuníquese. Tome conocimiento secretaría. Notifíquese a los interesados y por los demás medios a los colegiados. Cumplido, archívese.
Lic. Gisela Encina Lic. Liliana Almirón
Secretaria Presidente
Col.Psi.Mi. Col.Psi.Mi.