Certificados y constancias de tratamiento

RESOLUCIÓN Nº 46/10

LA COMISIÓN DIRECTIVA DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE MISIONES

RESUELVE:

ART.1: Establecer los Criterios del Certificado-Constancia a expedirse por el mismo.

 Concepto

El “Certificado-Constancia” es un documento que informa de la ocurrencia de hechos o situaciones relacionadas con la persona atendida por el psicólogo, debiendo basarse en registros objetivables.

 Su Finalidad

  1. Certificar comparecencias del atendido
  2. Certificar el curso del tratamiento o asistencia
  3. Brindar Información: tiempo de tratamiento, horarios, diagnóstico

 Estructura

Por ser un documento de valor probatorio y legal, debe contener las mismas formalidades del “Informe Psicológico”.Estos es ser realizado  en papel membretado, en el que conste el apellido y nombre y número de matrícula profesional, como también el domicilio y localidad del mismo. Por no contener necesariamente descripción de causas psicológicas, no es necesario la constancia de síntomas y/o motivos previos de consultas.

El “Certificado-Constancia” también contendrá el apellido y nombre del consultante, su número de documento y/o de afiliación al sistema de seguridad social, y la conformación del grupo familiar.

El contenido debe estar transcripto en forma manuscrita por el psicólogo, en forma corrida y sin espacios en blanco. De ser necesario la utilización de párrafos, el  psicólogo deberá completar los espacios con líneas de puntos.

 

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